La Cámara de Apelaciones del Órgano de Control Financiero de los Clubes de la UEFA (CFCB) ha desestimado el recurso interpuesto por el Barcelona tras la multa de 500.000 euros que se le impuso el pasado mes de julio al club azulgrana.

El motivo de la misma fue «declarar erróneamente, en el ejercicio 2022, beneficios por enajenación de activos intangibles (distintos de traspasos de jugadores) que no son ingresos relevantes según la normativa».

La UEFA confirmó en su momento las decisiones de la cámara primera, tras concluir la evaluación del requisito de equilibrio financiero que abarca los ejercicios 2019, 2020, 2021 y 2022, y recordó que esta es la última vez que examinó a los clubes sobre la base del «antiguo» reglamento de Licencias de Clubes y Juego Limpio Financiero (FFP), según la edición 2018.

Este es el comunicado al respeto:

«La Cámara de Apelaciones del Órgano de Control Financiero de los Clubes de la UEFA (CFCB) ha tomado una decisión en el caso de la apelación del FC Barcelona (ESP) contra la decisión emitida por la Sala Primera del CFCB el 13 de julio de 2023. Ante la Sala Primera de la CFCB, el FC Barcelona fue multado con 500.000 euros por declarar erróneamente, en el ejercicio 2022, beneficios por la enajenación de activos intangibles (distintos de las transferencias de jugadores) que no constituyen un ingreso relevante según la normativa. La Sala de Apelaciones de la CFCB ha decidido ahora: desestimar el recurso interpuesto por el FC Barcelona y confirmar la decisión de la Sala Primera del CFCB».

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